BOLSAS

Bordaberry presenta proyecto de Ley para prohibir el uso de bolsas plásticas

El senador colorado Pedro Bordaberry (Vamos Uruguay), presentó un proyecto de ley a través del cual propone la “prohibición de la fabricación, importación y comercialización en todo el territorio nacional de bolsas de plástico, de polietileno o de cualquier polímero plástico, no biodegradable, para expedición o transporte de objetos por el consumidor final.

Se dispone en la iniciativa legal que la violación de las normas contenidas en la ley o su reglamentación “constituyen actos de contaminación grave del medio ambiente”.

Bordaberry presentó un proyecto de Ley para regular el uso de bolsas plásticas. En su iniciativa propone prohibir en el plazo tres años la fabricación, importación y comercialización en todo el territorio nacional de bolsas de plástico, de polietileno o de cualquier polímero plástico, no biodegradable, con destino a su uso para la expedición o transporte de objetos por el consumidor final.

Se prohíbe las bolsas plásticas con la finalidad de envolver diarios, revistas, medicamentos, ensobrar facturas, recubrir paquetes, ropa de tintorería o lavandería y todos los usos similares que la reglamentación establezca.

De todos modos establece que “no se encuentran prohibidos los medios, bolsas, envolturas o afines, biodegradables o que, según la reglamentación, tengan un impacto medioambiental que se sitúe dentro de los parámetros admitidos”.

Concientización

Dispone que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, tendrá entre sus cometidos la “concientización pública y prevención del impacto para el medio ambiente de la utilización de bolsas plásticas y los beneficios de su sustitución por bolsas reutilizables o del uso de elementos biodegradables”.

También tendrá facultades de fiscalización respecto del cumplimiento de la Ley.

De todos modos las prohibiciones no serán aplicables cuando por cuestiones de asepsia las bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional deban ser utilizadas para contener alimentos o insumos húmedos y no resulte factible la utilización de un sustituto degradable y/o biodegradable en términos compatibles con la minimización de impacto ambiental.

También se dispone en la iniciativa legal que la violación de las normas contenidas en la ley o su reglamentación “constituyen actos de contaminación grave del medio ambiente”.

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