CONSUMO DE ALCOHOL

Ejecutivo envió al Parlamento proyecto sobre “tolerancia cero” de consumo de alcohol en conductores

El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto que modifica el artículo 45 de la Ley 18.191, que reduce a 0,0 gramos por litro de alcohol en sangre a conductores de cualquier vehículo. La iniciativa está basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre el consumo de alcohol, el cual subraya que el consumo de alcohol aumenta el riesgo de siniestros de tránsito aún ingerido en cantidades pequeñas.

En 1994 se estableció por primera vez la tasa legal de 0,8 gramos por litro de alcohol en sangre para conductores. En 2007 la Ley 18.191 estableció un proceso para descender a 0,3 gramos por litro y extendió la tasa cero a la totalidad de conductores profesionales. Foto: www.cdc.gov

Asimismo, el texto reconoce el trabajo de todos los partidos políticos con representación parlamentaria y de las organizaciones sociales que trabajan en la temática, especialmente en relación al consumo problemático de alcohol, con quienes se conformó una mesa de trabajo que acordó medidas concretas y a corto plazo a fin de emitir una señal clara a la sociedad respecto a la importancia del tema.

El proyecto agrega que los datos de los últimos tres años muestran que un 6 por ciento  de las personas que participaron de un siniestro de tránsito con lesionados (que supera los 20.000 casos anuales) tenían presencia de alcohol en sangre. Aclara que si bien el porcentaje es bajo, corresponde a unos 1.500 conductores por año.

Las cifras también revelan un patrón claro de presencia de alcohol en conductores y participación en siniestros durante los fines de semana. Cuando en días hábiles los el nivel de conductores con alcohol en sangre es en promedio de 4 por ciento, los días sábados crece a 10 por ciento  y los domingos a un 13.8 por ciento.

 

Incidencia del alcohol

 

El proyecto de ley cita que con un nivel de alcoholemia de 0,2 a 0,5 gramos por litro aparecen dificultades en la percepción de luces y señales. A un nivel de 0,5 a 0,8 gramos por litro comienza a apreciarse de forma equivocada las distancias, se reduce la capacidad de los ojos para adaptarse a condiciones de luz cambiantes y la sensibilidad a la luz roja disminuye. Con tasas superiores a 0,75 gramos por litro aparecen cambios en los patrones de búsqueda visual y la percepción del brillo y la constancia del tamaño se ve deteriorada.

Incluso en concentraciones tan bajas como 0,1 gramos por litro de alcohol se pueden determinar cambios en la conducción vehicular y peatonal. “La asociación alcohol-conducción debe basarse en recomendaciones surgidas de la evidencia científica y sustentada en programas exitosos”, indica el texto del proyecto de ley que a modo de ejemplo cita el caso de Brasil. Ese país logró bajar la siniestralidad, los ingresos hospitalarios y fallecimientos relacionados al binomio alcohol/conducción en todos los estados de Brasil, al aprobar en 2008 la Ley 11.705 que estableció la tasa cero para la conducción vehicular.

Uruguay en 2009 creó la Unidad Nacional de Seguridad Vial y las Normas de Circulación Vial, que establecen buenas prácticas para evitar accidentes de tránsito o disminuir sus consecuencias, entre las que se encuentra el uso obligatorio de cascos, cinturones y sistemas de retención infantil, régimen punitivo, sistema unificado de datos, luces encendidas, límites de velocidad y el descenso de la tasa legal de alcohol en la sangre.

En 1994 se estableció por primera vez la tasa legal de 0,8 gramos por litro de alcohol en sangre para conductores. En 2007 la Ley 18.191 estableció un proceso para descender a 0,3 gramos por litro y extendió la tasa cero a la totalidad de conductores profesionales.

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