DECISIONES DE ANCAP, UTE Y OSE QUEDARIAN SOMETIDAS A PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Gobierno aprobó una "estructura organizativa" con gran concentración de poder para la Ursea

El pasado martes 12 de agosto, el presidente Jorge Batlle aprobó por decreto en Consejo de Ministros un «proyecto de formulación de la estructura organizativa» de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, la cuestionada Ursea.

Los elegidos por el gobierno detentarán más poder que los jerarcas y los técnicos de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (Antel), de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), y de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (Ancap).

Será «una Unidad Ejecutora con carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo, que funcione en el ámbito de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto, actuando con autonomía técnica», según anunció el decreto presidencial.

Sin embargo, agrega, «se estima conveniente que su reglamento de organización y funcionamiento interno se dicte en función de criterios similares a los empleados en la formulación de las estructuras organizativas de la unidades que funcionan en dicho ámbito».

Cada persona que encienda una lamparilla, cualquier uruguayo que ponga en marcha un motor a combustible, una pequeña industria que funcione a gas, todos estarán regidos por la potestad de regulación que ejercerá la Ursea respecto al procesamiento y la distribución de todos y cada uno de los insumos, incluida el agua, un elemento natural de vital importancia.

Fiel al cumplimiento de su objetivo privatizador, la creada Ursea gozará de la «competencia de regulación y control de actividades de carácter empresarial a cargo de entidades públicas descentralizadas y personas jurídicas privadas».

La Ursea, una herramienta privatizadora, ya está en marcha. Se espera una fuerte oposición entre sindicalistas y jerarcas de las empresas públicas que verán lesionada su autonomía.

Un órgano concentrador de las decisiones estratégicas

Una búsqueda de «resultados» en «la gestión pública» en contradicción el con gerenciamiento actual de nuestras empresas públicas parece ser el objetivo declarado del decreto que, admite en sus considerandos, «se parte de una definición de los objetivos estratégicos, procurando adaptar la modalidad tradicional de la Administración hacia una más gerencial centrada en los resultados de la gestión pública».

«Controlar las actividades referidas a la energía eléctrica, el gas, el agua potable a través de redes, el saneamiento, y el petróleo, combustibles y otros derivados de hidrocarburos» será «responsabilidad» de la Ursea, de acuerdo a la Ley 17.598, del 13 de diciembre de 2002, que determinara la creación del órgano.

Sin soslayar su carácter de órgano concentración de decisiones, la definición de los cometidos de la Ursea se encuentra en el capítulo «objetivos estratégicos», contenido en el decreto promulgado por la Presidencia de la República.

Todos los recursos energéticos quedarían bajo su mando: «la generación de energía eléctrica», «la importación de gas natural», el control de «las actividades referidas a la aducción (extracción) y distribución de agua potable», así como su almacenamiento, y también «la importación, refinación, transporte, almacenamiento y distribución» de «combustibles y otros derivados de hidrocarburos».

Además, le correspondería «dictar reglas y procedimientos técnicos de medición y facturación de consumos, control y uso de medidores, y reconexión de servicios», tanto en lo referido «a la energía eléctrica, al gas y al agua».

«Privatizaciones» y «tercerizaciones» están previstas como una posibilidad

El fantasma de las eventuales «privatizaciones» que impulsaría la Ursea reaparecen en el decreto al concederle al órgano, ya creado, la facultad de «fijar los requisitos necesarios para la autorización de la prestación con seguridad de los servicios comprendidos tanto en la industria del gas como en materia de petróleo, combustibles y otros derivados de hidrocarburos, sea por entidades públicas como por empresas privadas».

Las «tercerizaciones» también están consideradas por el decreto como una posibilidad. Dentro del organigrama de la Ursea, «el control del cumplimiento de las actividades pasibles de ser tercerizadas será realizado por el Departamento de Administración y Finanzas, y por las gerencias de Regulación o Fiscalización, según corresponda».

De manera explícita el decreto afirma: «las actividades correspondientes a cometidos no sustantivos serán contratadas en forma total con terceros».

Todo el poder a la Presidencia

El proyecto aprobado por decreto establece un plazo de 60 días a partir de su promulgación para analizar el funcionamiento de la Ursea y proponer ajustes. Otro plazo de 150 días está previsto para instrumentar el organigrama interno y comenzar la elección de los aspirantes a jerarcas del nuevo órgano.

Un tercer plazo de 180 días sería destinado a definir la contratación y un cuarto plazo de 60 días estaría dedicado a instrumentar los contratos «para cada caso en particular».

Integrada por «una Comisión Directora, una Gerencia General, una Gerencia de Regulación, una Gerencia de Fiscalización, una Asesoría Técnica y un Departamento de Administración y Finanzas», la Ursea «se comunica con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería» en lo que respecta a la electricidad, y «en lo atinente a su competencia en materia de agua y saneamiento se comunica a través del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente».

La Ursea funcionará en el ámbito de Planeamiento y Presupuesto que responde directamente a la Presidencia de la República.

Las potestades de las jerarquías en una Administración «más gerencial»

Los miembros de la Comisión Directora de la Ursea, que «contará con el apoyo de un Secretario General», podrán «seleccionar el personal de la Unidad, definiendo sus tareas y condiciones de trabajo».

Estarán autorizados a «comunicarse directamente con los entes autónomos y servicios descentralizados y demás órganos del Estado», sin intermediación parlamentaria ni ministerial.

Fijarán su propio presupuesto.

La Asesoría Técnica, continúa el decreto, deberá «brindar asesoramiento en los temas de competencia de la Unidad», que incluyen servicios contables, jurídicos en defensa de los intereses del órgano, e incluso cumplirán cometidos en materia de comunicación social.

La Gerencia General debería por su parte «ejercer la superintendencia administrativa», «supervisar y coordinar el funcionamiento de la Unidad» y sus «procedimientos de ejecución», así como «supervisar la actuación de las Divisiones y Departamentos».

La División Gerencia de Regulación, por su lado, podrá «entender en los aspectos vinculados con los criterios para la definición de tarifas, el análisis de cuadros tarifarios y sus revisiones».

Mientras tanto, la División Gerencia de Fiscalización deberá «controlar el cumplimiento de la normativa en materia de medición y facturación», así como «fiscalizar la comercialización de los materiales y dispositivos que se utilizan» en materia de recursos energéticos.

Por último, el Departamento de Administración y Finanzas tendrá que «entender en todo lo vinculado con la ejecución del presupuesto y administración de los recursos financieros», tarea que le es propia, pero también podrá «participar en la selección de proveedores y contratistas de la Unidad así como en la definición de los términos contractuales».

Selección de personal a cargo de los directores

El decreto señala expresamente,
en otro aparte, que «las contrataciones de especialistas en áreas específicas de la Ursea se efectuarán en la medida que la Comisión Directora determine su conveniencia, con el objetivo de lograr una mejor calidad en la ejecución de sus actividades sustantivas».

Nada define el decreto como «actividades sustantivas» ni establece criterios precisos para determinar la «conveniencia» de las contrataciones que se instrumentarían. *

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