Decenio afrodescendiente

Comunidades indígenas y afrodescendientes continúan siendo víctimas de la exclusión en la cultura americana

Pese a que la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, el proceso de colonización europea, el genocidio de los pueblos originarios y el establecimiento de la trata transatlántica como mecanismo para garantizar la expoliación de los recursos del continente americano con mano de obra gratuita, aún en la actualidad continúa definiendo y condicionando las posibilidades de desarrollo de la población americana.

En América la población perteneciente a comunidades indígenas y afrodescendientes, así como, aquellos con una visible herencia étnica asociada a estos grupos aniquilados y esclavizados por la acción y el pensamiento colonial continúan siendo víctimas de la exclusión, subvaloración y descalificación instalada por los europeos en la cultura americana.

En el caso específico de las y los descendientes de africanos, en su mayoría desconocen el origen de sus antecesores, desconocen su cultura al haber sido desarticulada en el proceso colonizador y posteriormente erradicada por los procesos de blanqueamiento instaurados en las sociedades americanas. Los descendientes de africanos continúan enfrentándose a la pobreza al haber sido despojados de toda posibilidad de acumulación de riqueza en un periodo en el que no les perteneció ni su precaria existencia. Aunado a ello, continúan siendo un grupo considerado inferior, de limitadas capacidades intelectuales, éticas, productivas y organizativas.

Este hecho ha sido reconocido en numerosas oportunidades por las instancias internacionales, por lo cual se han implementado algunas iniciativas -con el objetivo de concientizar sobre el flagelo de la discriminación en la sociedad contemporánea, así como minimizar su ocurrencia e impacto- entre ellas:

  • La declaración del Día Mundial de la Eliminación de la Discriminación Racial (1966)

  • La celebración del Primer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial (1973 a 1983)

  • La realización de la Primera Conferencia Mundial para Combatir el Racismo y la Discriminación Racial (1978)

  • La celebración del Segundo Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial (1983 – 1992)

  • La realización de la Segunda Conferencia Mundial para Combatir el Racismo y la Discriminación Racial (1983)

  • La celebración del Tercer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial (1993-2003)

  • La realización de la Tercera Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y Formas Conexas de Intolerancia. (2001)

Esta tercera conferencia mundial contra el racismo, puede considerarse como uno de los eventos más productivos con respecto a la situación de la población descendiente de africanos, pues como resultado se generó la Declaración y Programa de Acción de Durban en el cual se definió afrodescendiente como aquella persona de origen africano que vive en las Américas y en todas zonas de la diáspora africana por consecuencia de la  esclavitud, habiéndoseles denegado históricamente el ejercicio de sus derechos fundamentales. Además de ello, por primera vez en la historia se les reconoció como grupo étnico específico sujetos de derecho internacional.

Sin embargo, estas acciones no han sido suficientes, las y los afrodescendientes con independencia del reconocimiento internacional, regional y local, continúan siendo una población vulnerable, constantemente expuesta a múltiples formas de discriminación directa o indirecta por parte de instituciones e individualidades; la cual va a profundizarse por su clase social, género, grupo etario, preferencia sexo-afectiva, entre otras.

Es entonces el reconocimiento de los limitados avances en materia de discriminación racial -principalmente con respecto a la población afrodescendiente- que la Asamblea General de las Naciones Unidad declara el 2011 como el Año Internacional de los Afrodescendientes, con el objetivo de: Fortalecer las medidas nacionales y la cooperación regional e internacional en beneficio de las personas de ascendencia africana en relación con el pleno disfrute de los derechos económicos, culturales, sociales, civiles y políticos, su participación e integración en todos los aspectos políticos, económicos, sociales y culturales de la sociedad.

Sin embargo, como lo advirtiese ese mismo año en mi artículo titulado “Año Internacional de la Afrodescendencia” la mencionada declaración no debía diluirse en celebraciones triviales de lo afro. Bailes, música, comidas, artesanías y vestimentas no debían erigirse como el núcleo característico y unidimensional de representación de la afrodescendencia, no debía ser un año para la exhibición trivial de lo exótico y lo diferente, ni convertirse en un espectáculo de sujetos negros para espectadores blancos.

No obstante, son pocos los países que evidenciaron avances en materia de discriminación racial durante este periodo; son pocas las actividades realizadas, los acuerdos establecidos, y la transformación de la situación social y experiencias de la población afrodescendiente alcanzada. Los afrodescendientes en América continúan siendo los más pobres, siguen enfrentando dificultades para el acceso a la vivienda, servicios públicos, salud, educación y justicia. Continúan siendo sujetos de discriminación laboral, estigmatización policial, invisibilización académica, estereotipos mediáticos y limitada participación política.

Es por esta razón que el 23 de diciembre del año 2013 mediante la resolución 68/237 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en Asamblea General decretó el Decenio de los Afrodescendientes el cual se inauguró formalmente el 1 de enero del año 2015 y que se mantendrá hasta el 31 de diciembre del 2024. Este decenio tiene como objetivo: Reconocer que los afrodescendientes (descendientes de africanos que viven principalmente en las Américas  pero también en otras partes del mundo) representan un grupo específico cuyos derechos humanos deben promoverse y protegerse; pero además para hacer un mayor hincapié en la significativa contribución realizada por los afrodescendientes a nuestras sociedades y proponer medidas concretas con el fin de promover su plena inclusión y luchar contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia.

Esta resolución establece que en los planos regional e internacional, la comunidad internacional, las organizaciones internacionales y regionales habrán, entre otras cosas, crear conciencia, difundir ampliamente la Declaración y el Programa de Acción de Durban y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, Ayudar a los Estados a aplicar de manera plena y efectiva los compromisos que hayan contraído en virtud de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, reunir datos estadísticos, Incorporar los derechos humanos en los programas de desarrollo y honrar y preservar la memoria histórica de los afrodescendientes.

Así mismo, en el plano nacional los Estados deberían adoptar medidas concretas y prácticas mediante la aprobación y aplicación efectiva de marcos jurídicos nacionales e internacionales y de políticas y programas de lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia a que se enfrentan los afrodescendientes, teniendo en cuenta la situación particular de las mujeres, las niñas y los varones jóvenes.

Esperamos que en esta oportunidad este decreto contribuya de forma real al autorreconocimiento, autoafirmación y participación afrodescendiente en esos espacios históricamente negados, a la comprensión y deconstrucción de la ideología de desprecio, latrocinio y expoliación heredada del periodo colonial; así como, a la consolidación de coyunturas lideradoras de la desalienación de los afrodescendientes en pro de la erradicación del racismo, el endorracismo y otras formas de discriminación.

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