FISCALIZACIONES

Ministerio de Trabajo realizó en 2014 más de 8.000 inspecciones laborales

La Inspección General de Trabajo realizó en el correr del presente año más de 8.000 fiscalizaciones relativas a condiciones ambientales y generales de trabajo, salud y seguridad.

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La inspectora general de Trabajo, Cristina Demarco, destacó que en 2014 se registró un “crecimiento importante” de expedientes, relativos a: “condiciones ambientales y generales de trabajo, salud y seguridad, y  documentación, tanto sea planilla de trabajo, recibos de pago, horas extras, personal registrado y cobertura del Banco de Seguros del Estado”.

Según datos de la secretaría de Estado, se desempeñan en la tarea 120 inspectores, de los cuales 60 se abocan a “condiciones generales”, y la otra mitad a “seguridad y salud”.

En tal sentido, la jerarca indicó que en lo que va de 2014 “se realizaron más de 8.000 inspecciones en ambos ámbitos”.

A ello se suman los controles que se realizan tras las intervenciones. “En ese mismo lapso ingresaron más de 400 expedientes de denuncias de acoso laboral, maltrato, destrato, discriminación y acoso sexual”.

Demarco destacó que en el presente período de gobierno se ha hecho especial hincapié en los sectores de la “construcción y del área rural, con más salidas al interior del país para recorrer lugares que nunca habían sido inspeccionados, a la vez se tuvo más injerencia en la detección de personal extranjero en determinadas actividades”.

También dijo que se incrementaron los controles ministeriales en el relevamiento del personal doméstico.

Faltas y Sanciones

La jerarca señaló que algunas empresas aún no tienen la planilla de control de trabajo y “hay personal sin anotar”.

También hay casos de personal extranjero “sin la debida documentación” para trabajar en el país.

Demarco dijo que “hay empresas que son infractoras natas, que se siguen reiterando las infracciones”.

En tanto que el gobierno puede aplicar por Ley un mecanismo de amonestación, sanción o clausura, según la gravedad del incumplimiento

La amonestación implica un aviso, la sanción supone la aplicación de una multa económica en unidades reajustables.

Mientras que la clausura puede ser “administrativa”, cuando persiste el incumplimiento y ya no alcanza con multas e intimar porque igual no acata, y la “preventiva”, cuando el inspector de trabajo ve un riesgo evidente en el espacio laboral para la salud y la integridad física del trabajador.

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