HOMEOPATÍA

Salud Pública autoriza y reglamenta venta de gotas homeopáticas contra el cáncer “GS Agua”

El Ministerio de Salud Pública dispuso el cese de la suspensión transitoria para comercializar el preparado “GS Agua” en gotas (para el tratamiento contra el cáncer), el cual a partir de ahora podrá venderse en farmacias homeopáticas de cuarta categoría, bajo determinadas condiciones en su método de elaboración y en envases rotulados con indicaciones “claras y precisas”.

La secretaría de Estado dispuso el “cese de la suspensión transitoria para comercializar del producto ‘GS Agua gotas’

Salud Pública autorizó de venta en farmacias homeopáticas de las gotas homeopáticas “GS Agua” utilizado en tratamientos contra el cáncer. De todos modos estableció, como “condición excluyente” el cumplimiento de específicas normas de elaboración, fecha de vencimiento y envasado.

La secretaría de Estado había anunciado en diciembre pasado que regularía la venta de los medicamentos homeopáticos, tras una denuncia que una usuaria presentó por “reacciones adversas” aparentemente por el uso de gotas “GS Agua”. Se trata de una solución homeopática, patentada desde 1995 por el veterinario uruguayo Edelmar Siqueira.

Autorización

Este viernes, la secretaría de Estado dispuso el “cese de la suspensión transitoria para comercializar del producto ‘GS Agua gotas’ a la Farmacia Homeopática de cuarta categoría, con determinadas condiciones específicas en su método de elaboración.

Dichas gotas “deben ser preparadas en forma homeopática a la sexta centesimal (6C), recomendándose una dosis de 30 (treinta) gotas, 3 (tres) veces al día”, dispuso Salud Pública.

Además exigió la rotulación del preparado homeopático, indicando: “nombre del producto, fecha de vencimiento asignada, consignándose en planillas de registro: temperatura y humedad del ambiente de la zona de elaboración, lotes de materias primas utilizadas para su elaboración y lote asignado al producto terminado; así como nombre, firma y aclaración del técnico responsable de la elaboración; todo lo cual permite la trazabilidad del producto”.

El Departamento de Medicamentos, dependiente de la División Evaluación Sanitaria (DIGESA–MSP), en tales condiciones el producto “no presenta riesgo de toxicidad”, y de ahí la resolución ministerial que posibilita “proceder al levantamiento de la suspensión transitoria y, por tanto, autorizar la comercialización en las condiciones indicadas”.

Salud Pública recordó, además, que se encuentra “abocado al desarrollo del marco normativo de productos fitoterápicos y homeopáticos, que se encuentra en etapa de consulta entre las diferentes instituciones involucradas”.

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