0800.3223

Ministerio de Desarrollo recibe solicitudes para asistentes de personas con discapacidad severa

El Programa Nacional de Discapacidad (PRONADIS) convoca a la población con familiares con discapacidad severa a postularse para obtener el beneficio de asistente personal, la solicitud puede realizarse a través de la línea gratuita 0800 3223.

Podrán beneficiarse las personas de cualquier edad que cobren pensión por invalidez severa del BPS y se encuentren en situación de dependencia severa por discapacidad.

PRONADIS convoca a la población con familiares con discapacidad severa a postularse para obtener el beneficio de asistente personal a través de la línea gratuita 0800 3223  entre las 8:00 y las 20:00 horas.

Hasta el momento se han inscripto unas 1.400 personas y se estima que más de 2.000 en todo el país están en situación de dependencia.

La directora del PRONADIS, María José Bagnato, dijo que el personal del Ministerio de Desarrollo Social mediante el número gratuito comenzó con la recepción solicitudes desde comienzos de julio.

A través del número telefónico se reciben las solicitudes de personas con discapacidad o de sus familiares, tras cada llamado se constata que el solicitante figure en la base de datos del Banco de Previsión Social (BPS) como beneficiario de pensión por discapacidad severa.

Bagnato explicó que como situación de dependencia se considera que “la persona requiera que alguien la ayude para desempeñarse en la vida cotidiana”.

En caso de que la persona solicitante cumpla con estas condiciones, un equipo de técnicos del ministerio, visita el correspondiente domicilio para verificar el grado de dependencia. Las visitas de supervisión comenzaron a realizarse a partir del 21 de julio.

Luego de tal proceso se enviarán los datos al BPS, que gestionará el programa.

La jerarca remarcó que el MIDES tiene registradas para visitar unas “1.400 personas y estimó que sobre fines de este mes se podrá definir la cifra de beneficiarios de esta prestación”.

“Aspiramos a que quienes puedan acceder a este beneficio llamen para detallar su situación. El equipo encargado para este trabajo está compuesto por 30 personas que recorren todos los departamentos del país”, dijo Bagnato.

También se refirió a la capacitación del personal, y comentó que los asistentes personales acreditarán los conocimientos requeridos.

Bagnato aclaró -en declaraciones a Presidencia de la República- que en virtud de que la tarea no está reglamentada en el sistema educativo uruguayo, se validarán capacitaciones aprobada por el Ministerio de Educación y Cultura.

Mientras que para aquellas personas con experiencia en el rubro que deseen trabajar, el BPS instrumentará instancias de capacitación.

Programa de Asistentes Personales

El Programa de Asistentes Personales es para personas con discapacidad severa el cual está establecido en el marco de la reglamentación de la Ley 18.651.

Pueden percibir una partida para el pago de asistentes personales, las personas de cualquier edad que cobren pensión por invalidez severa del BPS y se encuentren en situación de dependencia severa por discapacidad.

Si vive en un hogar colectivo no tiene derecho a ingresar al programa.

La situación de dependencia es toda aquella que se trate de discapacidades físicas, intelectuales, mentales o múltiples, con la condición de que necesiten de otra persona en forma permanente, para poder desarrollar los actos corrientes de la vida diaria como ser levantarse de la cama, higiene, vestirse, alimentación, movilización, desplazamiento, trabajo, estudio y recreación.

Por asistencia personal se entiende una ayuda profesional adaptada personalmente.

Las tareas a cumplir por el asistente personal serán determinadas por el beneficiario, y consistirán en actividades que apoyen la satisfacción de las necesidades básicas de la vida diaria como ser levantarse de la cama, facilitar la higiene, vestido, alimentación, movilización y desplazamiento, trabajo, estudio y recreación entre otras. Serán convenidas entre las partes en atención a la diversidad funcional y no podrán suplir intervenciones profesionales.

Para solicitar la prestación, el/la pensionista (o su representante legal) deberá llamar al 0800-3223  entre las 8.00 y las 20.00 horas.

Se le realizarán preguntas sobre la dependencia de la persona que solicita la prestación y se constatará que perciba la pensión por discapacidad severa del BPS.

Si reúne los criterios necesarios (dependencia y cobrar la pensión por discapacidad severa), será registrado para que un equipo de valoración de dependencia del Ministerio de Desarrollo Social, lo visite.

Una vez que sea evaluado se le comunicará con posterioridad, si queda comprendido en el derecho.

El pago de asistencia personal no afecta otras prestaciones.

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