VIDA DE PERROS

Ejecutivo reglamenta Ley de bienestar animal. Habrá multas desde 1 a 500 UR

El Poder Ejecutivo promulgó Ley de bienestar animal la cual prevé sanciones para quienes por incumplimientos, tales como el apercibimiento, la prohibición temporal o definitiva de la tenencia de animales, o multas de 1 a 500 Unidades Reajustables, además de la confiscación de los animales.

Los animales podrán ser confiscados por incumplimiento de la normativa.

La Ley establece los derechos que deben tener los animales, y la conducta de sus dueños.

Asimismo, a través de la normativa se establece una serie de “sanciones”, las cuales van desde el apercibimiento a la prohibición de tenencia de animales a quienes incumplan la Ley. Pero también se fijan multas de 1 a 500 Unidades Reajustables, además de la confiscación de los animales.

La iniciativa legal había sido sancionada por el Parlamento en el año 2009.

Comisión

Por otro lado se crea una Comisión Honoraria de Bienestar Animal (CONAHOBA) será la encargada de velar por el cumplimento de la Ley.

Será dicha Comisión la que deberá encargarse de las sanciones que corresponda para cada infracción.

La ley dispone que “la infracción tentada será castigada con una sanción más leve a la que correspondería por la infracción consumada, teniendo en cuenta la gravedad del hecho y la peligrosidad del agente”.

“La sanción correspondiente a los coautores es la misma de los autores, y los cómplices de la infracción tentada o consumada serán sancionados con una de menor gravedad a la que les correspondería si fueran autores, teniendo en cuenta la gravedad del hecho y la peligrosidad del agente”, indica.

Con respecto al tratamiento de los caballos de tiro, utilizados en los carritos recolectores de residuos, se establece que “mientras la realidad social del país no haga posible la erradicación definitiva de la utilización de equinos para tareas de tiro y arrastre de vehículos de residuos domiciliarios y/o industriales en zonas urbanas, los tenedores de los mismos, deben cumplir normativa”.

También se dispone, entre otras cosas, la cantidad de horas que podrá ser utilizado el animal, para desempeñar el trabajo de carga, con respecto a sus diferentes años de vida.

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