CAMBIOS

Rigen plazos para desafiliarse de una AFAP y para cambiar de prestador de salud

Desde el 1º de febrero rige la habilitación para el cambio de prestador de salud y también para aquellas personas que, bajo determinadas circunstancias, decidan desafiliarse de una AFAP.

Rigen plazos para desafiliarse de una AFAP y para cambiar de prestador de salud

Los usuarios del Sistema Nacional de Salud que al 31 de enero tengan al menos 3 años de afiliación a una misma institución médica podrán optar por otra durante febrero.

Entre el 1 y el 28 de febrero, 1.350.000 usuarios podrán cambiar de prestador de salud. Quienes al 31 de enero de 2014 tienen 3 o más años de afiliación a una misma institución de asistencia médica integrante del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).

También podrán cambiar de prestador los beneficiarios del FONASA que hubieran sido registrados de oficio en ASSE por no haber elegido una institución cuando tuvieron la oportunidad de hacerlo.

El trámite deberá realizarlo el titular personalmente, con cédula de identidad, en la nueva institución de asistencia médica elegida sin necesidad de concurrir a la institución de asistencia médica anterior.

Además, se recuerda que durante todo el año la Junta Nacional de Salud (JUNASA) autoriza la movilidad a aquellos usuarios que demuestren disconformidad con la atención recibida o por cambios de domicilio que no garanticen el acceso a la asistencia médica.

En todo momento lo usuarios podrán cambiarse a ASSE, a un seguro integral de salud, o suspender su afiliación al seguro en cuyo caso deben regresar a su anterior institución de salud, informaron las autoridades.

El 58.7 % del total de los usuarios están habilitados a cambiarse de mutualista. El promedio de movilidad fue de 9 % en 2011 y de 4,4 % en 2012, y este año se espera que se asemeje al 4 %.

Desafiliación de AFAP o revocación de opciones anteriores

Por otro lado, también a partir del 1º de febrero, unas 13.000 personas que se afiliaron en el año 1996 a una AFAP y no estaban obligadas a hacerlo podrán solicitar el asesoramiento para decidir del sistema.

Mientras que unas 250.000 personas que están afiliadas a las AFAP y adhirieron al artículo 8 de la Ley 16.713, que establecía una modalidad mixta de aportes, 50 % a la AFAP y 50 % al BPS, podrán revocar esta decisión.

Están comprendidas en la nueva ley aquellas personas que sin estar obligadas a hacerlo optaron por quedar incluidas en el Régimen Mixto y tenían 40 o más años o más al 1º de abril de 1996 (hoy mayores de 57 años).

Estas personas tendrán plazo para iniciar el trámite de asesoramiento en el BPS dese el 1° de febrero 2014 hasta el 31 de enero de 2016.

También están comprendidas las personas que estando en el Régimen Mixto y optaron por ampararse al artículo 8 de la Ley 16.713 podrán revocar su opción a partir de que hayan cumplido los 40 y hasta los 50 años de edad.

Los mayores de 48 años al 1 de febrero de 2014 que deseen efectuar la revocación tendrán plazo para iniciar el trámite de asesoramiento en el BPS desde el 1° de febrero de 2014 hasta el 31 de enero 2016.

En todos los casos las revocaciones tendrán efecto retroactivo al momento de haber efectuado la opción original.

Para desafiliarse del sistema de AFAP o revocar la adhesión al artículo 8 es obligatorio recibir asesoramiento previo por parte del Banco de Previsión Social (BPS).

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