GASCONDUCTO

Gas Sayago construirá y operará tramo de gasoducto

El gobierno definió que el tramo del gasoducto que conectará la terminal de Puntas de Sayago con el Gasoducto Cruz del Sur será construido y explotado por la empresa Gas Sayago S. A.

“Gasoducto Cruz del Sur S.A. desistió del ejercicio del derecho de primera opción”.

La decisión se toma en el entendido de que la empresa Gasoducto Cruz del Sur desistió del ejercicio de su “derecho de primera opción”, previsto en el contrato de 1999. La concesión de explotación se otorga por 20 años, prorrogables por 5 más.

De acuerdo a lo proyectado, la planta regasificadora requiere ser conectada con el Gasoducto Cruz del Sur (GCS), a efectos de la distribución del gas natural licuado. Para eso habrá de construirse un tramo de aproximadamente 17 kilómetros, parcialmente offshore.

Derecho de primera opción

En el decreto se explica que el contrato de concesión firmado en 1999 con Gasoducto Cruz del Sur prevé una cláusula denominada “derecho de primera opción”, por la que se le concede a esa sociedad la prioridad en caso de ejecución y operación de obras para el transporte de gas.

En el texto se relatan las diversas instancias de diálogo y negociación entre el Estado y Gasoducto Cruz del Sur, mantenidas durante un período extenso en que, no obstante, no se alcanzó un acuerdo para la construcción de ese nuevo tramo.

Luego de diversas instancias jurídicas, y debido a que “resulta inaplazable el comienzo de las obras de infraestructura», el Gobierno entendió que “Gasoducto Cruz del Sur S.A. desistió del ejercicio del derecho de primera opción”, por lo que el Estado quedó “facultado a proceder a la construcción de un nuevo ramal del gasoducto, pudiendo a tales efectos, otorgar una concesión de obra pública a un tercero”.

En el decreto se define otorgar a Gas Sayago S. A. la concesión para la construcción y explotación (operación y mantenimiento) del referido tramo del gasoducto. La traza de del tramo deberá ajustarse al proyecto original, aprobado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería.

La capacidad del gasoducto no podrá ser menor a 15 MMm3 y deberá estar diseñado para una máxima presión de operación de 100 bar. Previo al inicio de su construcción, Gas Sayago habrá de contar con la correspondiente autorización ambiental. Presidencia de la República.

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