COMUNITARIO

Procesan a un centenar de personas por Ley de Faltas

En poco más dos meses de vigencia de la Ley de Faltas, han sido procesados 98 hombres y tres mujeres, con penas de trabajo comunitario. Maldonado fue el departamento donde se registró la mayor cantidad de casos.

Para los casos relativos a faltas en materia vial, la norma prevé la posible incautación del vehículo por un plazo de tres meses.

La Ley de Faltas entró en vigencia en setiembre, y a la fecha ya se han ejecutado más de 100 sentencias: “98 casos fueron sanciones aplicadas a hombres y tres a mujeres”

Según informó Subrayado, el departamento con más procesados por faltas es Maldonado, con 25 casos. La mayoría de las faltas son por conducir ebrio o sin libreta habilitante.

Luego le siguen Canelones, Montevideo y Tacuarembó, los tres departamentos con 11 procesados cada uno.

En la mayoría de los casos las penas han sido impuestas por infracciones de tránsito: “manejo de motos y autos sin licencia o en estado de ebriedad”, aseguró la directora de la unidad especializada de la Oficina de Libertad Asistida, Sandra Alonso, en declaraciones a Subrayado,

Las penas impuestas son trabajos comunitarios. Los infractores cumplieron trabajó en el Hospital – Centro Geriátrico, Luis Piñeyro del Campo, escuelas y plazas.

Faltas

Entre otros casos, la Ley establece penas de 7 a 30 días de trabajo comunitario a quienes se presenten en estado de grave alteración psíquica o física producida por la ingesta de alcohol o estupefacientes, Igual sanción se aplicará a quienes arrojen basura en la vía pública o rompan sus depósitos.

En cuanto a conductas relativas al desempeño vial, la norma prevé esos plazos de sanción a quienes participaren en competencias vehiculares no autorizadas, a quienes conduzcan sin la autorización correspondiente, en estado de embriaguez, a velocidades que igualen o superen el doble de lo permitido o sin casco protector cuando fuere del caso.

El mismo plazo se podrá aplicar a los responsables de obras de construcción o demolición que omitan las medidas precautorias adecuadas, y a quienes causen peligro de alarma por uso indebido de armas de fuego, petardos u otros proyectiles.

Para los casos relativos a faltas en materia vial, la norma prevé la posible incautación del vehículo por un plazo de tres meses.

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