APORTES

Gobierno remite al Parlamento proyecto que habilita desafiliación de AFAP

El gobierno remitió al Parlamento el proyecto de Ley por el cual habilita a desafiliarse de una AFAP a los trabajadores que optaron voluntariamente por el régimen de aportación mixta, y de quienes decidieron aportar por la mitad de sus asignaciones computables y tengan entre 40 y 50 años de edad.

República AFAP (Gentileza subrayado.com.uy)

El Ejecutivo remitió al Parlamento el proyecto para habilitar, en ciertas condiciones, la anulación de afiliación al régimen de ahorro individual jubilatorio.

Se establece que la desafiliación a las administradoras de fondos (AFAP) tendrá carácter “retroactivo, irrevocable y habrá de contar con asesoramiento previo del Banco de Previsión Social”.

A través de este proyecto se promueve la posibilidad de “revocar la opción del régimen mixto a aquellos que optaron voluntariamente”.

El plazo para iniciar el trámite correspondiente se fija en dos años a contar de la fecha de entrada en vigencia de la Ley.

Asimismo, en la iniciativa se consagra la posibilidad de “derogar la opción de quienes no estaban obligados a integrar este régimen de ahorro, y que decidieron aportar por la mitad de sus asignaciones computables”.

En dicho caso, el proyecto define condiciones para revocar esa opción. Establece la necesidad de contar con el previo asesoramiento BPS para informar sobre las opciones.

También se determina que la solicitud de asesoramiento podrá presentarse entre los 40 y 50 años de edad del afiliado.

“Esto se debe a que a edades muy tempranas no habría información disponible que permita extraer conclusiones acerca de cuál es la opción más conveniente para el afiliado”,  se expresa en la exposición de motivos del proyecto.

De esta manera se evita que la revocación se realice en tiempos “muy cercanos a la jubilación, porque de ese modo se promoverían conductas especulativas al permitir que el afiliado siguiera aportando a la AFAP con la seguridad que si al final ello no le conviene, podría retornar al BPS, y descargar sobre el resto de la sociedad el costo de su decisión”.

Aspectos a revisar

El gobierno entiende que el régimen mixto de previsión, en sus 17 años de existencia, “evidenció la presencia de aspectos a revisar y corregir”, entre los que se encuentran, la “revocación de la opción por el régimen mixto, el cual no era obligatorio para quienes tenían causal jubilatoria al 31 de diciembre de 1996, ni para quienes tenían 40 o más años al momento en que entró en vigencia la Ley 16.713”.

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