MANUAL

Interior entrega a presos guía sobre sus derechos y obligaciones

El Ministerio del Interior presentó la “Guía Informativa para Personas Privadas de Libertad”, la cual será repartida entre los reclusos, y que contiene información sobre sus derechos y deberes, cómo funciona el régimen progresivo de rehabilitación y las formas para acceder a las oportunidades laborales y educativas, entre otros trámites.

Ministerio del interior

El manual contó con el aporte de los propios privados de libertad.

Fue elaborado en el marco de una Comisión de trabajo integrada por representantes de SERPAJ, Comisionado Parlamentario para el Sistema Penitenciario, Mesa de trabajo interinstitucional sobre Mujeres Privadas de Libertad, División de Políticas de Género del Ministerio del Interior, el Instituto Nacional de Rehabilitación y la asesoría del Ministro del Interior en Materia Penitenciaria.

En la guía se expresa que las personas privadas de libertad son “sujetos de derecho y deben ser tratadas humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente a la persona humana”.

“Esto implica un trato digno y con respeto hacia el otro, evitándose toda forma o método que tenga como finalidad anular la personalidad o disminuir la capacidad física o mental de la persona”, se indica en el manual para los reclusos.

Asimismo se detalla el proceso de “clasificación de las personas privadas de libertad, el procedimiento de ingreso al establecimiento de rehabilitación, y los exámenes médicos”.

También se expresa que durante la internación, el recluso podrá pasar por “establecimientos de confianza, de seguridad mínima, media, alta o de máxima seguridad”, ello de acuerdo a su proceso individual relacionado a su tiempo de prisión cumplido, su comportamiento y adaptación.

Por otro lado, en la guía que será distribuida entre la población privada de libertad, se explica “qué es la tortura y la integridad de la persona”.

Además se señala que todo privado de libertad “tiene derecho a la protección, ejercicio y goce de todos los derechos que se derivan de la naturaleza humana, excepto la libertad ambulatoria”.

Se informa sobre la posibilidad de “conformación de mesas representativas de privados de libertad, cuya función es la transmisión de las inquietudes y recomendaciones”.

 

Reducción de la pena

También se informa sobre la “reducción de cualquiera de las penas impuestas”, mediante el mecanismo de la participación en actividades laborales o de estudio.

“Cada dos jornadas de seis horas de estudio se redime un día de pena, por presentarse a cada examen se redimen dos días de pena y sólo se podrá rendir la misma asignatura un máximo de tres veces”, se expresa en el manual.

Mientras que “por cada dos jornadas de trabajo de ocho horas se redime un día de pena, no pueden computarse más de 48 horas semanales de trabajo para la redención de la pena”, se indica.

En tanto que la “ruptura de las normas de convivencia, cuando se trata de faltas graves (como participar de un motín), conlleva la aplicación de sanciones, tales como: “internación en la celda propia con restricción de derechos de visita, patio o recreo, recepción de paquetes y reducción de la comunicación con el exterior”.

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