Estatuto

COFE logra que todo “subordinado” en ente estatal sea un funcionario público

El principal reclamo que mantenía la confederación de gremios estatales, para que el gobierno aceptara la condición de funcionario a todos los “subordinados” fue finalmente aceptada, por lo que la Oficina Nacional del Servicio Civil, se apresta a formalizar el acuerdo para la creación del nuevo Estatuto del Funcionario Público.

Funcionarios públicos / onsc.gub.uy

Todos quienes “cumplen funciones en una entidad estatal bajo una relación de subordinación” pasarán a ser funcionarios, aunque habrá diferencias de otra índole entre quienes se encuentran ya dentro de la administración y quienes ingresen a futuro.

La nueva definición incluye a los funcionarios no presupuestados y con derecho a inamovilidad, y a los contratados que tengan tareas: a término, excepcionales, o permanentes específicas, con un volumen laboral que “no pueda ser afrontado por los funcionarios presupuestados”. Becarios, funcionarios adscriptos, contratos artísticos, arrendamientos de obra y contratos laborales de derecho privado, no estarán incluídos en la nómina de funcionarios.

Quienes ingresen deberán cumplir ocho horas

El nuevo estatuto establece que los nuevos ingresados a la función pública lo harán en régimen de ocho horas, además el Estado puede establecer “horarios extraordinarios o excepcionales”, en función de razones de servicio “debidamente fundadas”.

Los feriados pagos no laborables serán: 1º de enero, 1º de mayo, 18 de julio, 25 de agosto y 25 de diciembre. Los jerarcas podrán mantener guardias para tareas indispensables en Semana Santa y feriados laborables.

Habrá un nuevo régimen de licencias por enfermedad, además de licencia por estudio, maternidad, paternidad, adopción y legitimación adoptiva, donación de órganos y tejidos, sangre, exámenes genito-mamarios-prostáticos, duelo, matrimonio o unión libre jurídicamente reconocida, jubilación, violencia doméstica y licencia sindical.

Los funcionarios de carrera tendrán licencia de hasta seis meses y un año sin goce de sueldo, pero exigirá autorización del jerarca.

Se pagarán la nocturnidad de 21 horas a 6 de la mañana siguiente.

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