US$1 millón

Máxima multa histórica a Fábricas Nacionales de Cerveza por competencia desleal

La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia emitió un proyecto de resolución que sancionaría a las Fábricas Nacionales de Cerveza con una multa de 10 millones de Unidades Indexadas por prácticas “anticompetitivas” con una firma de cerveza europea durante el año 2008.

Fábrica Nacional de Cervezas / fnc.com.uy

Asi lo revelaron fuentes de la comisión que aplicaría la sanción equivalente a la mitad del máximo que su potestad legal le atribuye y que al cambio actual significan unos US$1:306.350.

Sin embargo los sancionados podrán todavía elevar un recurso al Ministerio de Economía y Finanzas, que puede rever la decisión de la Comisión de Competencia, un órgano desconcentrado que depende de esa Secretaría de Estado.

Fuentes de las Fábricas Nacionales, dijeron que las acciones comerciales que han realizado están todas ajustadas a las leyes uruguayas y reafirman su total voluntad de colaborar con las autoridades, según publica el diario El Observador.

Los orígenes de una competencia por todo lo alto

Las investigaciones se cumplen desde hace cuatro años, ante la denuncia de la empresa que importa la cerveza Heineken, por presuntas maniobras anticompetitivas de FNC que “estaban impidiendo el crecimiento y desarrollo de la marca en la plaza local”, según los denunciantes.

La misma firma importadora –que ya no tiene la representación de la cerveza holandesa- inició una demanda judicial este año por “daños y perjuicios”, tras las denuncias presentadas anteriormente a nivel del Poder Ejecutivo.

Si bien en principio las prácticas de competencia que se investigaron aparecían todas como dentro del marco legal, una nueva serie de testimonios cambió el factor.

Según varias declaraciones y otras pericias, en la práctica se premiaba con “bonificaciones adicionales” a los comercios que se negaran a vender la marca Heineken. Ello provocaba una exclusividad encubierta en beneficio de la empresa FNC que ostenta el 95% del mercado cervecero en el Uruguay.

Técnicamente existió una “actividad exclusoria en perjuicio”, lo que viola la ley 18.159 de libre competencia y determinó la aplicación de la multimillonaria multa en cuestión.

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