Suprema Corte

Juzgados de Crimen Organizado cambian sus competencias

Suprema Corte de Justicia

En principio todos los casos de corrupción pública, cuya denuncia implique irregularidades por una suma menor a US$20.000, o sus equivalentes, estarán fuera de esos juzgados.

Otro tanto ocurrirá para los casos de explotación sexual, o de pornografía infantil: solamente entenderán si existe certeza de que los delitos están siendo cometidos por grupos criminales organizados.

La visión de la Suprema Corte

El ministro de Corte, Jorge Ruibal Pino, explicó que la existencia de “problemas” en las sedes y organismos policiales, para atender casos que no refieren a organizaciones de importancia, condiciona el quehacer de los magistrados.

“Los juzgados especializados tenían competencia a nivel nacional en casos de explotación sexual y muchas veces debían trasladarse al interior junto a los investigadores policiales, para casos que no ameritaban su intervención”, dijo el ministro en declaraciones que publica el diario La República.

En ese marco es que las competencias serán limitadas a casos en que se constaten “grupos organizados” y se dejarán  para la Justicia Penal ordinaria, aquellos casos de corte individual o de menor envergadura.

Otro tanto ocurrirá con los delitos contra la Administración Pública, donde, salvo casos con atentado o desacato, se entenderá referido a crimen organizado lo que supere los US$20.000, mientras que los casos de “cohecho” –conocido popularmente como las coimas- serán atendido por juzgados penales.

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje